¿Qué hace falta para hacer una transferencia de propiedad de barcos?
La transferencia de propiedad de barcos es uno de los servicios más solicitados en Gestoría Náutica Marinos. Lo cierto es que transferir un barco de segunda mano y cambiarlo de nombre desde el propietario vendedor al propietario comprador no es excesivamente difícil, pero sí que hay que tener en cuenta algunos aspectos y documentos necesarios en el proceso administrativo.
Índice de contenidos
¿Dónde se hacen la transferencia de propiedad de barcos?
El paso previo
Documentos necesarios para la transferencia de barcos
¿Cuánto cuesta la transferencia de propiedad de barcos?
1. La entidad que se ocupa de registrar el cambio de propiedad de un barco es la Dirección General de la Marina Mercante. Si bien, no es la sede madrileña la más usada por los ciudadanos para el trámite, sino que cada cual puede acudir a la Capitanía Marítima más cercana o en su defecto al Distrito Marítimo más próximo a su domicilio.
En la actualidad, gracias a los sistemas de gestión de datos, es posible realizar la transferencia de propiedad de barcos en cualquier capitanía marítima, independientemente de la matrícula de la embarcación.
2. Antes de comprar un barco de segunda mano, desde nuestra gestoría náutica, siempre aconsejamos solicitar la Copia de la Hoja de Asiento de la embarcación. Este documento relata literalmente los procesos administrativos por los que ha pasado el barco desde su abanderamiento. Es importante consultar el documento previamente a la compra y transferencia de propiedad de barcos porque en la Hoja de Asiento actualizada se dictan las cargas o embargos que pudiera tener la embarcación, siendo imposible la transferencia de propiedad de barcos con cargas fiscales.
3. Documentos necesarios para la transferencia de barcos
Siempre que se hace una transferencia de propiedad de barcos es necesario cumplimentar un expediente administrativo. Este expediente aglutina varios documentos imprescindibles para dar curso a la anotación en la hoja de registro:
Solicitud de anotación por cambio de propiedad
Contrato de compraventa del barco
Liquidación del impuesto de transmisión patrimonial y actos jurídicos documentados
DNI de vendedor y comprador (en caso de que sean entidades se debe aportar el CIF y escritura de constitución)
Certificado de navegabilidad
Permiso de navegación
Registro Marítimo Español
Hoja de asiento
La solicitud de apertura de expediente de transferencia de propiedad de barcos se debe solicitar en la capitanía marítima. Si bien, también se puede descargar de la página web de la Marina Mercante. No obstante, es posible que el modelo ofrecido en Internet esté obsoleto y sea inválido para el proceso.
El resto de la documentación -salvo el impuesto ITP- lo debe aportar el propietario vendedor del barco. En caso de faltar algunos de los documentos se puede hacer una declaración responsable de pérdida de la documentación, excepto en el caso del Certificado de Navegabilidad. Si falta este certificado el propietario comprador deberá abonar las tasas de nueva emisión, que superan al coste de una transferencia de propiedad de barcos en nuestra Asesoría Náutica.
4. ¿Cuánto cuesta la transferencia de propiedad de barcos?
En Gestoría Náutica Inspectores Navales SLU nos ocupamos de toda la gestión de la transferencia de propiedad de barcos y la elaboración del impuesto de transmisión patrimonial. Pida presupuesto sin compromiso de nuestro servicio y le informaremos sobre los impuesto a pagar según su comunidad autónoma.
Estamos a su servicio. Gestoría Náutica y Naval Inspectores Navales SLU. Realizamos transferencia de propiedad de barcos. Infórmese utilizando el formulario de contacto o por correo electrónico
info@inspectoresnavales.es
o llamando al 685245106